Como autónomo puede le puede surgir la duda de si debes de tener tu formación en Prevención de Riesgos Laborales. La respuesta depende de tu ámbito de trabajo:
En el caso del trabajador autónomo que trabaja solo sin tener empleados, sin estar subcontratado y sin trabajar en los mismos lugares que otros trabajadores, que sean autónomos o empleados, aunque sean de otras empresas. No tiene la obligación de tener realizado el curso de Prevención de Riesgos Laborales. Por ejemplo, un agricultor, ingeniero o programador informático que trabajan en su propio centro de trabajo (casa, oficina, tienda...). Pero en cuanto uno de estos casos cambie, por ejemplo, trabaje en un mismo lugar que otros trabajadores o sea subcontratado, si deberá tener su titulación de Prevención de Riesgos Laborales. Por ejemplo, en una oficina, una tienda... en la que se encuentren otras personas trabajando.
Ponemos dos ejemplos en los que si está obligado a formarse en la Prevención de Riesgos Laborales:
- El autónomo trabaja, aunque sea, puntualmente en un mismo centro de trabajo que otros trabajadores, sean empleados o autónomos.
- El autónomo que realiza trabajos acompañado de otros trabajadores, aunque el lugar de trabajo no sea un centro de trabajo.
Es decir, que un trabajador autónomo que no trabaja solo ya que coincide con otros trabajadores aunque sean empleados de otra empresa, deberá estar en posesión de su Certificado de formación en PRL. Por que debe de tener los conocimientos básicos en la materia de Prevención de Riesgos Laborales al igual que el resto de los trabajadores con los que concurre en la actividad.
Pero si el trabajador autónomo concurre con otros trabajadores, debe cumplir las instruccines del empresario del centro de trabajo en materia de prevención y debe de:
- Informar al resto de trabajadores de los riesgos que pueden ocasionarse en su actividad sobre los demás.
- Ser informado de los riesgos que pueden ocasionarse por los demás trabajadores sobre él. Y posibles situaciones de emergencia.
Todo ello se debe tener en cuenta porque los riesgos que pueda ocasionar un trabajador de una actividad pueden ser desconocidos por otro de distinta actividad, por ejemplo, en el uso de herramientas. Así como en una situación de emergencia.
Y recordamos que si un autónomo tiene trabajadores a su cargo, obligatoriamente debe de estar formado en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Al igual que cada uno de sus trabajadores.
Si el autónomo no tiene trabajadores a su cargo le será suficiente con la formación correspondiente del Curso de Prevención de Riesgos Laborales de 30 horas. Y en el caso de tener trabajadores a su cargo deberá de tener la titulación correspondiente al Curso de Prevención de Riesgos Laborales de 50 horas.