El principio en la actividad preventiva en la Prevención de Riesgos Laborales es garantizar la seguridad y salud en el trabajo.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) señala que la salud laboral se basa en Prevenir, Proteger y Mantener. El principal objetivo es Evitar los riesgos, en caso de no poder ser así, la actividad preventiva deberá Evaluar los riesgos que no se pueden evitar. Los riesgos deben de combatirse en su origen, adaptando el trabajo a la persona, así como la ergonomía en los puestos de trabajo, equipos y métodos. Se sustituirá el peligro por lo que no entrañe riesgo, o a no ser posible que entrañe el mínimo posible. Según el Artículo 15 de la Ley de Riesgos Laborales: “siempre se adoptaran medidas que antepongan la protección colectiva, recurriendo a la protección individual únicamente si la situación no deja otra opción”.
Planificar la prevención de riesgos laborales en el trabajo haciendo que las condiciones de trabajo y factores ambientales del trabajo sean coherentes y conocidas por los trabajadores. La o las personas que se encargan de la actividad preventiva deben:
- Visitar los lugares de trabajo
- Observar a los trabajadores, interesandose por las correctas condiciones.
- Debe de promover y participar la seguridad y la salud entre los trabajadores, dando ejemplo en el uso de los equipos de protección individual (EPI), equipos de protección colectiva y en el cumplimiento de las normas.